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Señor, la reconocerá el sacerdote redimir el campo, añadirá un quinto al precio tasado, y le poseerá de nuevo.

para ver si es buena, ó mala, y se venderá segun el preció que

este tasare.

15 Pero si el que hizo el voto quisiere redimirla, dará una quinta parte sobre el precio de su tasacion, y se quedará con ella.

16 Que si hiciere voto y consagrare al Señor un campo de su herencia, se tasará el precio á proporcion del grano que se necesita para sembrarle. Si son necesarios treinta modios de cebada, véndase por cincuenta siclos de plata.

17 Si el voto de dar el campo le hace desde el principio del año del jubiléo, será apreciado en todo su valor.

18 Mas si le hace despues de algun tiempo, calculará el sacerdote la suma, á proporcion del número de años que faltan hasta el jubiléo; y segun eso será la rebaja del precio.

19 Si quien hizo el voto quiere

20 Pero si no quiere redimirle, y se vende á otro cualquiera, aquel que le prometió con voto no podrá ya mas redimirle.

2 I Por cuanto venido que sea el dia del jubiléo, quedará consagrado al Señor, y la posesion consagrada pertenece al derecho de los sacerdotes'.

22 Si el campo consagrado al Señor es comprado, y no habido por herencia de sus mayores,

23 el sacerdote calculará el precio conforme al número de años restantes hasta el jubiléo, y el que hizo el voto dará este precio al Señor;

24 mas en el jubiléo será restituido al primer dueño que le vendió, y le tenia por juro de su herencia.

25 Todas las estimas se harán, segun el peso del siclo del Santuario'. El siclo tiene veinte óbolos.

si dare voluerit is qui offert, addet supra æstimationem quintam partem. 14 Homo si voverit domum suam, et sanctificaverit Domino, considerabit eam sacerdos útrum bona an mala sit, et juxta pretiuin, quod ab eo fuerit constitutum, venundabitur: 15 sin autem ille qui voverat voluerit rc

diere eam, dabit quintam partem æstimationis supra, et habebit domum. 16 Quòd si agrum possessionis suæ voverit, et consecraverit Domino, juxta mensuram sementis æstimabitur pretium; si triginta modiis hordei seritur terra, quinquaginta siclis venundetur argenti. 17 Si statim ab anno incipientis jubilæi voverit àgrum, quantò valere potest, tantò æstimabitur. 18 Sin autem post aliquantum temporis, supputabit sacerdos pecuniam juxta annorum, qui reliqui surit, numerum usque ad jubilæum, et detrahetur ex pretio. 19 Quod si voluerit redimere agrum ille qui voverat, addet quintam partem æstimatæ pecuniæ, et possidebit eum. 20 Sin autem noluerit redimere, sed alteri cuilibet fuerit venundatus, ultra eum qui voverat redimere non poterit: 21 quia cum jubilæi venerit dies, sanctificatus erit Domino, et possessio consecrata ad jus pertinet sacerdotum. 22 Si ager emptus est, et non de possessione majorum sanctificatus fuerit Domino, 23 supputabit sacerdos juxta annorum numerum usque ad jubilæum, pretium; et dabit ille qui voverat eum, Domino. 24 In jubilæo autem revertetur ad priorem, domi

En los Números se prohibe que los sacerdotes posean campos ó tierras; y asi, cuando estas posesiones se devolvian por razon del jubiléo, las vendian de nuevo. Solamente podian tener un espacio de dos mil codos en la ciudad donde moraban. Exod. XXX. v.13.--Num, III. y. 47. -Ezech.XLP.v.12,

26 Nadie podrá consagrar ni ofre cer en voto los primogénitos, pues que pertenecen al Señor. Sean de la vacada, ó sean de los rebaños, del Señor son.

27: Si el animal es inmundo, el que le ofreció le rescatará segun valuacion que tú hagas, añadiendo un quinto al precio. Si no quiere rescatarle, se venderá á otro en lo que tú le hubieres valuado.

28 Todo lo consagrado al Señor', sea hombre, sea animal, ó sea campo, no se venderá, ni podrá ser redimido'. Todo lo que una vez fuere asi consagrado al Señor, será para él, siendo como es cosa santísima3.

29 Y todo lo que de esta manees ofrecido y consagrado por un hombre, no será rescatado,

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30 Todos los diezmos de la tierra, ya sean de granos, ya de frutos de árboles, del Señor son, y á él están consagrados 5.

31 Que si uno quiere redimir sus diezmos, dará encima el quinto. 32 De todos los bueyes, ovejas y cabras, que cuenta el pastor con el cayado; la décima cabeza que salga, será para el Señor.

33 No se escogerá ni buena ni mala, ni se cambiará con otra: si se cambiare, quedará consagrado al Señor, sin poder redimirse, tanto lo cambiado, como lo que se haya dado en cambio,

34 Estos son los preceptos intimados por el Señor á Moisés para los hijos de Israel, en el monte Sinaí.

num, qui vendiderat eum, et habuerat in sorte possessionis suæ. 25 Omnis æstimatio siclo Sanctuarii ponderabitur. Siclus viginti obolos habet, 26 Primogenita, quæ ad Dominum pertinent, nemo sanctificare poterit et vovere: sive bos, sive ovis fuerit, Domini sunt. 27 Quòd si immundum est animal, redimet qui obtulit, juxta æstimationem tuam, et addet quintam partem pretii; si redimere noluerit, vendetur alteri quantocumque à te fuerit æstimatum. 28 Omne quod Domino consecratur, sive homo fuerit, sive animal, sive ager non vendetur, nec redimi poterit. Quidquid semel fuerit consecratum, sanctum sanctorum erit Domino. 29 Et omuis consecratio, quæ offertur ab homine, non redimetur, sed morte morietur. 30 Oinnes decimæ terræ, sive de frugibus, sive de pomis arborum, Domini sunt, et illi sanctificantur. 31 Si quis autem voluerit redimere decimas suas, addet quintam partem earum. 32 Omnium decimarum bovis et ovis et capræ, quæ sub pastoris virga transeunt, quidquid decimum venerit, sanctificabitur Domino. 33 Non eligetur nec bonum nec malum, nec altero commutabitur: si quis mutaverit; et quod mutatum est, et pro quo mutatum est, sanctifi. cabitur Domino, et non redimetur. 34 Hæc sunt præcepta, quæ mandavit Dominus Moysi ad filios Israel in monte Sinai.

1

Por voto perpétuo, é irrevocable. Véase Voto. Anatema.

El voto de que

se habla en el verso 2, se llama en el testo hebreo nedad. Aqui se habla de otra especie de voto llamado en hebréo Kerem, apartamiento, amortizacion, y por los Setenta Intérpretes anathema, por el cual se consagra la cosa tan absoluta é irrevocablemente á Dios, que debia perecer ó destruirse natural ó civilmente y asi no podia venderse ni rescatarse. Véase Anatema. : VI. v. 17, 25. 4 Natural ó civilinente, esto es, quedará como amortizado per pétuamente. 5 Prov. III. 9, 10. Aggæi X. v. 11,

3 Jos.

ESTE

ADVERTENCIA

SOBRE EL LIBRO DE LOS NUMEROS.

STE libro es llamado por los hebreos Waiedabber. Y habló; que es la manera con que comienza: y por los Setenta Intérpretes Arithmoi, voz griega, que significa Números ; porque en sus primeros capítulos se hacen varias numeraciones ó censos del pueblo de Israel. Contiene ademas la historia, de Moisés y de los hebréos durante treinta y nueve años menos tres meses, esto es, desde el segundo mes del año segundo de su salida de Egipto, hasta el principio del undécimo mes del año 40, en que comienza Moisés el libro siguiente del Deuteronomie. Aunque no hemos de creer que cada palabra de este libro signifique un misterio; con todo seria un grande error, como observa S. Agustin, pensar que en este y demas libros sagrados solo hemos de atender á la letra ó historia que refieren, S. Pablo (Heb. IV. v. 8, 9.) nos enseña que la peregrinacion á la tierra de Canaan, era figura de la del pueblo cristiano á la verdadera tierra de promision, en la cual habia de introducirle el Divino Salvador JESUS, de quien era figura Josué. El mismo Jesu-Cristo nos descubrió que en la serpiente de bronce, que mandó levantar Dios en el Desierto para dar la salud y vida á los que la mirasen, se figuraba el grande misterio de la Cruz. Joan. III. v. 14. Lo ocurrido durante los cuarenta años de peregrinacion, contiene importantes verdades y santas instrucciones, que forman el asunto del salmo Venite exultemus; donde se vé la paciencia con que sufre Dios á los pecadores y los escita á la penitencia; y se nos indica que hay un sábado ó reposo propio de los justos en la otra vida. Véase la Epistola de san Pablo á los Hebréos (Cap. III.); donde, como tambien en varios otros libros del Nuevo Testamento, se nos aclaran muchos lugares de los Números, en que Moisés, bajo el velo de hechos históricos ó de preceptos legales, delineaba los misterios de Jesu-Cristo y de su esposa la Iglesia. ¡Qué rico tesoro de instrucciones y documentos saludables encontrará en este libro el cristiano que le medite atentamente, y con humildad de corazon! Aqui aprenderá el respeto que debe á todo lo perteneciente al culto Divino; y en el castigo terrible de Coré,, Datan y Abiron verá la indignacion de Dios contra los que, sin ser llamados, usurpan las funciones del sacerdocio: en el animal que milagrosamente habla á Balaám, observará que Dios se vale algunas veces de lo mas despreciable para confundir el orgullo de los sábios del mundo. En Moisés y Aaron, que mucren sin hacer entrar á los israelitas en la tierra de promision, aprenderá que estaba reservado á solo Jesu-Cristo el hacer entrar á los hombres en el reino de

los cielos, despues de haberlos hecho pasar por las aguas del Jordan, figura de las del bautismo. Finalmente tanto en la lectura de este libro, como en la de los demas de la Escritura, hemos de tener presente, que asi como adoramos al Hijo de Dios en la Eucaristia bajo los velos de los accidentes de pan y vino; porque sabemos que allí está todo Jesu-Cristo, aunque oculto y escondido: asi es justo tambien que respetemos la palabra de Dios con la misma sumision, cautivando nuestro entendimiento y adorando su verdad no solo en los lugares en que la entendemos, sino tambien en los obscuros, que no ha querido revelarnos; creyendo que todas las espresiones se refieren siempre como á su fin á las verdades y misterios que contiene la Sagrada Escritura. Porque asi el sagrado cuerpo del Hijo de Dios, como la palabra de Dios, son objetos de nuestra fe y adoracion. S. Aug. hom. 3oo. ex Append.

LIBRO DE LOS NUMEROS.

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familias segun sus linages;

5 cuyos nombres son estos: De la tribu de Rubén, Elisur hijo de Sedeúr.

6 De la de Simeon, Salamiel, hijo de Surisaddaí.

7 De la de Judá, Nahason, hijo de Aminadab.

8 De la de Issacar, Nathanael, hijo de Suar.

9 De la de Zabulon, Eliab, hijo de Helon.

10 De los hijos de Josef por la tribu de Efraim, Elisama, hijo de Amiud: Por la de Manassés, Gamaliel, hijo de Fadasúr.

II De la tribu de Benjamin, Abidan, hijo de Gedeon.

12 De la de Dan, Ahiezer, hijo de Amisaddai.

13 De la de Aser, Fegiel, hijo de Ochran,

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CAPUT I. 1 Locutusque est Dominus ad Moysen in deserto Sinai ́in tabernaculo fœderis, prima die mensis secundi, anno altero egressionis eorum ex Ægypto, dicens: 2 Tollite summam universe congregationis filiorum Israel per cognationes et domos suas et nomina singulorum, quidquid sexus est masculini 3 à vigesimo anno et supra, omnium virorum ex Israel, et numerabitis eos per turmas suas tu et Aaron. 4 Eruntque vobiscum principes tribuum ac domorum in cognationibus suis, 5 quorum ista sunt nomina: De Ruben, Elisur filius Sedeur. De Simeon, Salamiel filius Surisaddai, 7 De Juda, Nahasson filius Aminadab. 8 De Issachar, Nathanael filius Suar. 9 De Zabulon, Eliab filius Helon. 10 Filiorum autem Joseph, de Ephraim, Elisama filius Ammiud; de Manasse, Gamaliel filius Phadassur. 11 De Benjamin, Abidan filius Gedeonis. 12 De Dan, Ahiezer filius Amisaddai. 13 De Aser, Phegiel filius Ochran. 14 De Gad, Eliasaph

Año DEL MUNDO 2514: antes DE JESU-CRISTO 1490. Este segundo censo se hizo poco antes de partir de Sinaí el pueblo de Israel, y á fin de distribuir mejor las tribus al rededor del Tabernáculo en los campamentos, arreglar las marchas, saber de fijo la gente apta para la guerra etc. 3 Exod.

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